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Hablemos del uso correcto de la videovigilancia

Hablemos del uso correcto de la videovigilancia

Hablemos del uso correcto de la videovigilancia gracias al excelente video realizado por la Agencia Española de Protección de Datos – AEPD

Hogar

Si utiliza una cámara para la seguridad de su casa, tenga en cuenta que solo podrá enfocar el espacio de acceso a su vivienda y deberá informar de su existencia a través de un cartel informativo y en el interior del hogar solo deberá recoger imágenes de su propiedad privada.

Establecimientos y negocios

Los establecimientos y negocios abiertos al público deben informar de la existencia de cámaras a través de cartelería. Así como a las zonas de paso de comunidades de propietarios, que deben aprobar en junta la instalación de cámaras en las zonas comunes, cumpliendo con la ley de propiedad horizontal y si afecta a la piscina comunitaria deberá autorizarse expresamente.

Plazas de garaje

En las plazas de garaje los sistemas de videovigilancia necesitan de la autorización de la junta de propietarios.

Empresas 

En las empresas se debe informar a los trabajadores de su instalación y uso y no podrán ser instaladas en vestuarios, servicios, comedores y lugares de descanso.

Las cámaras que no graben y que solo capten imágenes en tiempo real, también están sometidas a la normativa establecida respecto a la videovigilancia.

Y muy importante si necesita acceder a imágenes suyas, pídelas cuanto antes, ya que las imágenes son suprimidas en el plazo máximo de un mes.

Fuente: Agencia Española de Protección de Datos – Youtube

 

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