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Canal del informante de GSS

En GSS trabajamos bajo principios de ética, transparencia y cumplimiento normativo.
Por ello, ponemos a disposición de empleados, colaboradores, clientes y terceros nuestro canal del informante, un medio seguro y confidencial para comunicar posibles irregularidades o incumplimientos.

¿Qué es el canal del informante?

El canal del informante es un sistema habilitado para comunicar, de forma confidencial y, si se desea, anónima, cualquier conducta que pueda suponer una infracción legal, un incumplimiento normativo o una vulneración de los principios éticos de la empresa.

Este canal garantiza que todas las comunicaciones se gestionen de forma responsable, segura y conforme a la normativa vigente.

¿Qué se puede comunicar a través de este canal?

A través del canal del informante se pueden comunicar, entre otras:

  • Conductas ilícitas o irregulares
  • Incumplimientos de normativa interna o externa
  • Prácticas contrarias a la ética empresarial
  • Situaciones que puedan afectar a la seguridad, integridad o reputación de la empresa

Este canal no está destinado a consultas generales ni a la gestión de incidencias comerciales o técnicas.

Confidencialidad y protección del informante

GSS garantiza la confidencialidad de todas las comunicaciones recibidas.
El sistema está diseñado para proteger la identidad del informante y evitar cualquier tipo de represalia.

Todas las comunicaciones serán tratadas con la máxima discreción y gestionadas por los responsables designados, conforme a la legislación aplicable.

Acceso al canal del informante

Puede acceder al canal del informante a través del siguiente enlace:

Además de este Canal Interno, existen otros canales externos habilitados por las autoridades competentes, para comunicar igualmente las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones, sobre los ámbitos que anteriormente se encuentran indicados. Entre dichos canales se encuentran:

Canales Estatales o Autonómicos:

Servicio Nacional de Coordinación Antifraude
Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada
Policía Nacional
Autoridad Independiente de Protección al Informante

La Ley 2/2023 establece la creación específica de este canal externo de información, y el nombramiento de una Autoridad Independiente de Protección del Informante.

Las personas anteriormente indicadas (“informantes”) podrán comunicar ante dicha Autoridad, o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, la comisión de cualesquiera acciones u omisiones recogidas en el apartado “comunicaciones”, bien directamente, o tras haber efectuado dicha comunicación a través de este Canal Interno de Información.

Canales Europeos:

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

Compromiso con la ética y la transparencia

El canal del informante forma parte del compromiso de GSS con la integridad, la responsabilidad y la mejora continua.
Porque una empresa sólida no solo se mide por su tecnología o sus resultados.
También por cómo actúa.

Comunicaciones

A través de este Canal, las personas que más adelante se relacionan, actuando de buena fe y sin temor a represalias o a cualquier otra acción discriminatoria o perjudicial, podrán comunicar de manera confidencial o anónima, toda clase de información relacionada con:

– Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea.

– Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.

Se trata de un canal seguro, con las garantías de confidencialidad, y protección de la persona informante.

Este Canal Interno en ningún caso es el medio adecuado para el ejercicio de los derechos sobre protección de datos de carácter personal; o para contactar con el Delegado de Protección de Datos. Tampoco tiene la funcionalidad de Servicio de Atención al Cliente para atender quejas y reclamaciones de clientes. Para todo ello, disponemos de diversas vías habilitadas y especializadas según las necesidades de cada persona.

Compromiso con la ética y la transparencia

Podrán hacer uso de este canal las siguientes personas:

– Personas que trabajen por cuenta ajena, empleadas en cualquiera de las sociedades de GLOBAL SYSTEM SECURITY, S.L y GLOBAL SECURITY SOLUTIONS, S.L..

– Personas que trabajen como autónomas.

– Accionistas y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de las empresas, incluidas aquellas que no tengan la condición de ejecutivas, así como las voluntarias y trabajadoras en prácticas remuneradas o no;
personas que ya no tengan relación con las empresas GLOBAL SYSTEM SECURITY, S.L y GLOBAL SECURITY SOLUTIONS, S.L. por haber expirado ésta, becarias y personal en formación.

– Cualquier persona que trabaje bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.

– Personas que comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenidas en el marco de una relación laboral ya finalizada.

– Personas cuya relación laboral todavía no haya comenzado, si la información sobre la infracción que se comunique se obtiene durante el proceso de selección o negociación precontractual.

Proceso de gestión de las comunicaciones

1. Se analiza la información recibida

2. Se inicia, si procede, un proceso de investigación

3. Se adoptan las medidas necesarias en función de los hechos

Documentación de consulta

Ponemos a su disposición para su consulta y conocimiento los siguientes documentos vinculados al Sistema Interno de Información implantado en GLOBAL SYSTEM SECURITY, S.L y GLOBAL SECURITY SOLUTIONS, S.L..